¿Hay que registrar la jornada de la empleada del hogar?
La norma española no lo exige de forma expresa, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dijo en diciembre de 2024 que eximir a las familias de llevar un registro vulnera el derecho europeo. Te explicamos en qué punto estamos y por qué, en la práctica, conviene llevarlo.
Revisado: 23 de octubre de 2026, con el texto consolidado del BOE y el comunicado oficial del TJUE.
1. La respuesta corta
- La relación con una empleada del hogar es una relación laboral especial, regulada por el Real Decreto 1620/2011.
- Ese real decreto no ha cambiado tras la sentencia europea: sigue excluyendo el registro en los contratos a tiempo parcial y el registro de horas extra.
- El Tribunal de Justicia de la UE declaró el 19 de diciembre de 2024 que eximir a las familias de llevar un sistema de cómputo diario vulnera la Directiva europea de tiempo de trabajo.
- Resultado: hay inseguridad jurídica, y llevar un registro fiable es la opción prudente, sobre todo con jornada completa o empleadas internas.
2. Qué dice la norma española
El artículo 9 del Real Decreto 1620/2011 regula el tiempo de trabajo del empleo del hogar. En materia de registro dice dos cosas:
- Horas extra: se aplica el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, salvo su apartado 5, que es el que obliga a registrar la jornada día a día y totalizarla en cada nómina (artículo 9.3).
- Tiempo parcial: no se aplican las obligaciones de registro de jornada del Estatuto a quienes trabajan a tiempo parcial (artículo 9.3 bis, añadido en 2013).
En la práctica, juzgados y administración venían entendiendo que las familias estaban exentas del registro diario de jornada que el artículo 34.9 del Estatuto exige a las empresas desde 2019.
3. Qué dijo el Tribunal de Justicia de la UE
En la sentencia de 19 de diciembre de 2024 (asunto C-531/23), a raíz del caso de una empleada del hogar a jornada completa que no pudo probar sus horas en un juicio por despido, el Tribunal de Justicia declaró que:
- La interpretación judicial o la práctica administrativa que exime a las familias de establecer un sistema que compute la jornada diaria de la empleada vulnera manifiestamente la Directiva 2003/88/CE, porque la priva de poder acreditar de forma objetiva y fiable sus horas.
- Se pueden prever particularidades para el trabajo doméstico, incluidas excepciones para horas extra y tiempo parcial, siempre que no vacíen de contenido la norma. Eso lo debe comprobar el tribunal español.
- Al ser un sector claramente feminizado, la exención podría suponer una discriminación indirecta por razón de sexo si no está objetivamente justificada.
La sentencia vincula a los tribunales españoles cuando resuelven casos similares, aunque el real decreto no se haya modificado.
4. Qué significa en la práctica
- Jornada completa e internas: es donde la sentencia pesa más. Si hay un conflicto por horas, descansos o vacaciones, no tener registro deja a la familia sin una forma objetiva de demostrar cuánto se trabajó.
- Tiempo parcial: la exclusión española sigue escrita en el BOE, pero el TJUE ha dejado claro que solo vale si no vacía de contenido la protección. Registrar evita discusiones.
- Para las dos partes: un registro claro protege a la familia frente a reclamaciones infundadas y a la empleada frente a jornadas excesivas o impagadas.
- Atención a los cambios: es posible que el legislador adapte el real decreto. Actualizaremos esta guía si ocurre.
5. Límites de jornada que hay que respetar
Con registro o sin él, el artículo 9 del Real Decreto 1620/2011 fija estos límites:
| Concepto | Regla |
|---|---|
| Jornada ordinaria máxima | 40 horas semanales de trabajo efectivo |
| Tiempo de presencia | Se pacta aparte; salvo que se compense con descanso, no puede pasar de 20 horas semanales de promedio en un mes y se paga al menos como hora ordinaria |
| Descanso entre jornadas | 12 horas; en internas puede bajar a 10, compensando el resto en hasta cuatro semanas |
| Comidas (internas) | Al menos 2 horas diarias, que no cuentan como trabajo |
| Descanso semanal | 36 horas consecutivas, por regla general incluyendo el domingo |
| Vacaciones | 30 días naturales al año; al menos un periodo de 15 días seguidos |
Sin registro es difícil demostrar que se han respetado estos límites, sobre todo el de 40 horas y el del tiempo de presencia.
6. Cómo llevar el registro en casa
- Hora de entrada y salida de cada día, en el momento, no a final de mes.
- Pausas y, si las hay, horas de presencia separadas de las de trabajo efectivo.
- Que lo vean las dos partes: la empleada tiene que poder consultar sus horas.
- Correcciones con rastro: si se olvida fichar, que quede quién lo corrigió y cuándo.
- Guardarlo: como referencia, las empresas deben conservar sus registros cuatro años.
El papel puede servir, pero se pierde, se rellena a posteriori y no deja rastro de los cambios. Por eso creamos Control Laboral Hogar: la empleada ficha desde su móvil y la familia ve las horas del día y del mes, con el histórico guardado.
7. Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio registrar la jornada de una empleada del hogar?
El Real Decreto 1620/2011 no lo exige de forma expresa y excluye el registro en contratos a tiempo parcial. Pero el Tribunal de Justicia de la UE declaró en diciembre de 2024 que eximir a las familias de un sistema de cómputo diario vulnera la Directiva europea, y esa sentencia vincula a los tribunales españoles. Lo prudente es registrarla.
¿Y si trabaja solo unas horas a la semana?
La norma española excluye expresamente el registro en el tiempo parcial. El TJUE admite esa excepción solo si no vacía de contenido la protección. Registrar sigue siendo lo más seguro si puede haber discrepancias sobre las horas.
¿Cuántas horas puede trabajar una empleada del hogar?
Hasta 40 horas semanales de trabajo efectivo. Aparte se puede pactar tiempo de presencia, que salvo compensación con descanso no puede superar 20 horas semanales de promedio en un mes.
¿Qué pasa si hay un juicio y no hay registro?
Fue justo el caso que llegó al Tribunal de Justicia de la UE: la empleada no pudo probar sus horas. Tras la sentencia, la falta de registro puede perjudicar a la familia, que pierde una forma objetiva de acreditar la jornada real.
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento jurídico. La situación legal del registro en el empleo del hogar puede cambiar; para casos concretos, consulta con una asesoría laboral.
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